viernes, 21 de agosto de 2015

Memoria y justicia para Sergio Urrego



La Corte Constitucional a través de un fallo histórico protegió los derechos de Sergio Urrego, un estudiante discriminado y acosado por el Colegio Gimnasio Castillo Campestre por su orientación sexual.


La Corte Constitucional reconoció que existe un problema estructural en el sistema de protección de los estudiantes ante el acoso escolar. Por tanto ordenó al Gobierno Nacional aplicar efectivamente la política de convivencia escolar. Además, ordenó revisar en el plazo de una año todos los manuales de convivencia del país, para garantizar que se respete la orientación sexual e identidad de género de los estudiantes.


La Corte Constitucional determinó que Sergio Urrego fue sometido a un proceso disciplinario irregular que constituyó una forma de acoso escolar que pudo “haber incidido en la decisión que tomó de acabar su vida”. La Corte también consideró que después de la muerte de Sergio, el colegio “incurrió en la violación de su derecho al buen nombre e intimidad del joven al realizar declaraciones públicas acerca de su proyecto de vida y al estabilidad de su núcleo familiar”.

La Corte se pronunció en respuesta de la acción de tutela interpuesta por Alba Reyes, madre de Sergio Urrego, con el apoyo de Colombia Diversa la cual buscaba analizar las violaciones de derechos fundamentales que sufrió Sergio y su familia. En la acción de tutela también se solicitaba estudiar las fallas estructurales de la política de convivencia escolar y de protección de los estudiantes víctimas de acoso escolar.

Contrario al concepto extemporáneo de la Procuraduría, para la Corte “no resulta válido que los colegios pretendan intervenir a través de sus manuales y posteriormente con procedimientos y sanciones, en la libre escogencia a que tienen derecho los estudiantes de inclinarse por la orientación sexual o la identidad de género de su preferencia.”

Para Colombia Diversa esta sentencia honra la memoria de Sergio Urrego y reconoce la falla del sistema educativo para proteger a estudiantes cuando sufren discriminación y acoso por su orientación sexual e identidad de género.

Entre las principales órdenes de la Corte se destacan:

  1. Se reconoce que Sergio Urrego fue discriminado por el colegio y se violaron sus derechos fundamentales durante su vida y posteriormente se violó su derecho al buen nombre personal y familiar.
  2. Se ordena un acto público de desagravio en el Colegio Gimnasio Castillo Campestre  con la presencia de la comunidad educativa, el Ministerio de Educación, con el fin de otorgarle el grado póstumo, una placa conmemorativa y el reconocimiento de la responsabilidad por la discriminación.
  3. Con el objetivo de respetar el buen nombre de Sergio y su familia se advierte que las partes “se abstengan de realizar declaraciones públicas que atenten contra el buen nombre de Sergio, su familia o cualquier persona involucrada en el caso”.
  4. Al Ministerio de Educación se le ordena en el plazo de 1 año  “una revisión extensiva e integral de todos los Manuales de Convivencia en el país para determinar que los mismos sean respetuosos de la orientación sexual y la identidad de género de los estudiantes”.
  5. Al Ministerio de Educación se le ordena también que implemente la política pública de convivencia escolar y para ello deberán cumplirse lo contenido en la Ley 1620 de 2013 y el Decreto 1965 de 2015: Verificar la constitución de un Comité Nacional de Convivencia Escolar, establecer una Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar para estudiantes que sufren acoso escolar, verificar que todos los colegios tengan comités escolares de convivencia y otras medidas que superen las fallas estructurales en la protección de los niños víctimas de acoso escolar.

La Defensoría del Pueblo deberá hacer vigilancia a esta decisión. De igual forma, Colombia Diversa hará un seguimiento estricto y permanente al cumplimiento de esta sentencia. Además esta decisión debe ser enviada por el Consejo Superior de la Judicatura  a todos los juzgados del país para que se aplique en casos de acoso escolar. 

Colombia Diversa invita a estudiantes, docentes, rectores, madres y padres de familia a estudiar en el aula de clase esta decisión de la Corte y a que tomen medidas para que casos como el de Sergio Urrego no se presenten ¡NUNCA MÁS! 

Descargue la Sentencia T-478 de 2015  y visite el Centro de información Sergio Urrego. 

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