martes, 27 de agosto de 2013

Retratos de familia

Conozca las historias de la familia Sanjuán, Angélica y Camilo, Sandra y Adriana y Juan y Nico. Si se perdió Retratos de familia la serie documental de COLOMBIA DIVERSA y el Programa de Derechos Humanos de USAID, aquí puede sentirse como en su casa: con la diversidad y la cotidianidad de lo que es la familia colombiana. 
Sabemos que nuestro país está lleno de historias. Cada rincón guarda la riqueza de la cultura de nuestra gente. Aquí no solo existe una sola familia. Las abuelas, tíos, hermanos, amigos, primos,  todos pueden ser nuestra familia. En estos cuatro relatos usted podrá conocer a quienes quieren compartir con nosotros la vida de su hogar. 










viernes, 23 de agosto de 2013

Retratos de familia



La vida en familia es lo que hace una familia. Por eso, aunque en el país sean desconocidas las diferentes formas de familia, COLOMBIA DIVERSA celebra y reconoce la diversidad de la familia colombiana. Esta serie documental presenta un concepto de familia que aplica a todos aquellos seres que comparten sueños, dificultades, proyectos y momentos de la vida.

No se pierdan este domingo 25 de agosto a las 8:30 de la noche el programa El Sofá, de Canal Capital. COLOMBIA DIVERSA apoyada por el programa de derechos humanos de USAID presentará cuatro historias que cuentan la forma de vida de algunas familias colombianas: entre ellas las homosexuales y otra de una madre heterosexual cabeza de familia.

COLOMBIA DIVERSA les invita para que participen en Twitter y Facebook con el Hashtag #ColombiaESDiversa #ReTratosDeFamilia #LaVidaEnFamiliaEsLoQueHaceAUnaFamilia Cuéntenos sus historias ¿Cómo es su familia?

Un hombre y una mujer también pueden conformar una familia, pero no es la única forma que existe. Compartir con alguien los sueños, los proyectos, las dificultades, la solidaridad: eso es una familia.

jueves, 22 de agosto de 2013

La vida en familia es lo que hace a una familia



 COLOMBIA DIVERSA reconoce la diversidad de la familia colombiana y abre espacio para todas: las tradicionales, las menos conocidas, las otras familias; la tuya, la nuestra, las de todos y todas.    

Invitamos a participar de esta iniciativa con videos, fotos, textos o como quieran contar su historia familiar y así mostrar la diversidad que existe en nuestro país. Vamos a exigir a las autoridades nacionales que cumplan su deber de inclusión y protección de todas las formas de familia. Todos tenemos algo que contar sobre nuestras familias en #FamiliaEsFamiliaPorque y #FamiliasDiversas

Solo el 43 por ciento de las familias del país están compuestas por mamá, papá e hijos. En 2011 la Corte Constitucional Colombiana reconoció que las  parejas del mismo sexo son familia, es decir, que hacen parte del núcleo fundamental de la sociedad. Sin embargo, hoy no existen campañas que promuevan la diversidad familiar y, en cambio, siguen circulando mensajes que asocian el artículo 42 de la Constitución Nacional, con un único referente estático y alejado de la realidad.

Éstas, las demás familias, también han quedado excluidas de los discursos e imágenes asociados al Día Nacional de la Familia:  Parejas sin hijos; los tuyos, los míos, los nuestros; Mis abuelos y yo; Mi exesposa, mis hijos; mi nueva compañera con sus hijos/as; Las madres y padres cabeza de familia que ya llegan al 35 por ciento; La abuela con sus nietos porque los padres murieron; Las mamás lesbianas; Los hijos solos, Madres y padres adoptivos; Las familias extensas: mis tíos, mis abuelos, mis sobrinos; yo en mi hogar solo; mi mamá, mi papá, mi hermano adoptado y yo; mamá heterosexual con hijo trans.











Esta campaña ha sido apoyada por la Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional, USAID.

Para mayor información escriba a:
Twitter 

Una vez más, Corte Constitucional confirma que las parejas del mismo sexo tienen derecho a la pensión de sobreviviente


La Corte obliga a Porvenir S.A a responder por la pensión de un hombre, después de haber vulnerado sus derechos fundamentales.COLOMBIA DIVERSA en alianza con el programa Paiis de la Universidad de los Andes, interpusieron tutela para exigir sus derechos.

Un hombre homosexual solicitó la pensión de sobreviviente ante el Fondo de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A., después de que falleciera su pareja con quien convivió durante más de 5 años y conformó una unión marital de hecho con su pareja.

La entidad privada se la negó alegando que su declaración y los testimonios anexos a la solicitud no eran pruebas suficientes de su unión marital y que solo podría tener acceso a la pensión por medio de una “sentencia judicial ejecutoriada de declaración de la unión marital de hecho” que demostrara su  relación de pareja.

COLOMBIA DIVERSA junto a Paiis presentaron una acción de tutela que fue revisada mediante la sentencia T-357 de 2013 de la Corte Constitucional, con la cual se ordenó la protección inmediata de sus derechos fundamentales a la igualdad y al debido proceso administrativo, vulnerados por el fondo de pensiones al exigirle una prueba especial que no aplica para las personas heterosexuales y las parejas de diferente sexo.

La Corte Constitucional  recordó que la acción de tutela sí procede para controlar las arbitrariedades que se evidencien en los procesos de reconocimiento y pago de una pensión de sobreviviente. En segundo lugar, la Corte advirtió que la sentencia C-336 de 2008 de la misma corporación reconoció el derecho a la pensión de sobreviviente entre compañeros permanentes del mismo sexo y que según la interpretación vigente de esa orden judicial (efectuada por las sentencias T-051 de 2011, T-592 de 2010 y T-860 de 2011) no existen razones constitucionalmente válidas para exigirles pruebas especiales a los miembros de una pareja del mismo sexo que reclamen una pensión de ese tipo.

Así las cosas, la Corte declaró que el fondo de pensiones obró de manera discriminatoria al impedirle al solicitante demostrar su vínculo marital mediante pruebas diferentes a una declaración ante notario o una sentencia judicial. Lo anterior, por cuanto al igual que sucede con las parejas de sexo diferente, en materia pensional opera una “libertad probatoria” que les permite a las personas homosexuales acudir a cualquier medio lícito de prueba para demostrar la relación sentimental que dio origen a su derecho de pensión.  

En palabras de la Corte: “en el presente caso es evidente que el Fondo de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A., actuó en abierta contradicción con el precedente constitucional, debido a que se impone un tratamiento diferenciado, a través de la exigencia de requisitos no previstos en el ordenamiento jurídico, fundado en un criterio sospechoso de discriminación, como es la orientación sexual del solicitante”.

Por esta razón, la corte tuteló los derechos fundamentales invocados y  previno al Fondo de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A., “para que no vuelva a incurrir en las acciones u omisiones que dieron origen a la presente tutela, advirtiendo que el incumplimiento de la presente decisión o su dilación, dará lugar a la imposición de las sanciones previstas en el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991”.