martes, 26 de julio de 2011

Corte reconoce las familias de parejas del mismo sexo pero aplaza el matrimonio igualitario

  • Corte Constitucional de Colombia reconoce que las parejas del mismo sexo son familia  PERO el Congreso debe regular el matrimonio en un plazo de dos años
  • Enviar este tema al Congreso de la República de Colombia es desconocer que ha sido éste, el órgano del Estado más discriminador de la población LGBT
  • Corte Colombiana deja en espera el matrimonio igualitario


26 de julio de 2011. La Corte Constitucional reconoció que en Colombia si es constitucional el derecho al matrimonio civil por parte de las parejas del mismo sexo y que las familias de las parejas del mismo sexo merecen protección constitucional. Sin embargo, considera que es el Congreso el que debe regularlo, para lo cual le da un tiempo al Congreso de dos años.

Quiere decir que si después del 20 de junio de 2013 el Congreso no ha producido una decisión, la sentencia del día de hoy, tendrá vigencia y se podrán realizar matrimonios civiles en cualquier notaría del país sin necesidad de reglamentación adicional, simplemente usando la misma que tienen las parejas heterosexuales.

Este fallo es trascendental porque reconoce a las parejas del mismo sexo como familias y define un estándar mínimo de protección constitucional para ellas, que es el que deberá tener en cuenta el Congreso a la hora de regular el matrimonio igualitario para las parejas del mismo sexo.

Sin embargo, según Marcela Sánchez directora de Colombia Diversa: “dado que el Congreso colombiano, no ha sido, ni será el espacio de garantías de los derechos de la población LGBT, significa que en realidad lo más probable es que sólo se ha aplazado la decisión y las parejas del mismo sexo se podrán casar a partir del 20 de junio de 2013“.

El Congreso de la República ha tenido 6 oportunidades de legislar sobre el reconocimiento de derechos mínimos a las parejas del mismo sexo y no ha cumplido su deber. Incluso ha ido más allá, pretendiendo aprobar leyes inconstitucionales para impedir a las parejas del mismo, la expresión del afecto en público.

Por ello, aunque que con este pronunciamiento, la Corte Constitucional desconoce la forma discriminatoria y prejuiciada en que el Congreso de la República de Colombia ha manejado los temas relativos a las parejas del mismo sexo y falta a su deber de protección de las minorías en una democracia deficitaria como la nuestra.

La sentencia surge ante la demanda interpuesta por Colombia Diversa, DeJuSticia y apoyada por cientos de organizaciones y ciudadanos colombianos, que advertían la inconstitucionalidad del artículo 113 del Código Civil, que definía que el matrimonio era un contrato exclusivo entre un hombre y una mujer y cuya función era la procreación. De esta manera el concepto de “familia” se veía limitado a reconocer aquellas constituidas por un hombre y una mujer, y desconocían la realidad de la diversidad de familias.

En seguida se emitió esta decisión, Colombia Diversa, organización que en el país lidera la promoción de los derechos LGBT, se concentró en el análisis del pronunciamiento para, de esta manera, informar a la comunidad LGBT sobre los alcances y los mecanismos dispuestos para el acceso inmediato al derecho reconocido y demandar del resto del estado su efectivo cumplimiento.

4 comentarios:

  1. Pero la corte considero exequible el artículo 113 del código civil que ustedes demandaron, es decir que ellos dicen que matrimonio es solo entre hombre y mujer, luego dice que constituir familia no solo se da por el matrimonio sino por otras vías incluidas parejas del mismo sexo, la corte decide entregarle al congreso el tema es decir que haya legislación que iguale al matrimonio para la población LGBT pero que no sea el matrimonio, a partir de 2013 se contempla 'algo' que no es el matrimonio pero lo iguale, cosa que considero discriminatoria, es decir se busca que alguien no acceda a un derecho si no por medio de otros 'derechitos' como ciudadanos de segunda, ahora esperar que la decisión como lo dijo Claudia López confesional y no constitucional de la corte en dejar este tema al congreso no afecte más a la comunidad LGBT porque el congreso homofóbico es peligroso.

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  2. No sabremos si fue la mejor decisión, pero sin duda estos dos años nos permitirán poner las manos a la obra para promover mayor inclusión a la población LGBTI y destruir de una vez por todas los mitos que nos envuelven.

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  3. paños de agua tibia, siempre lo mismo dando largas a lo deberian de hacer ya, si nos aceptaron como union marital de hecho, si tenemos el derecho a la seguridad social de nuestra pareja y si podemos acceder a la herencia, cual es el problema de unir dos personas que se aman? que pueden ejercer familia, que de igual forma hay familia y puede haber un modelo de familia diferente al tradicional, al concervador, estamos en el siglo XXI, todos somos iguales; el estado, el congreso y la iglesia prejuiciosa, que quieren tapar el sol de la realidad con un dedo no se da cuenta que en sus propios curules y en sus propias comunidades hay gente como nosotros, iguales y con gustos diferentes. abajo la falsa moral, las trabas, las demoras y el prejuicio concervador... somos miles los que queremos legalmente ser familia... es un derecho, no es limosna....

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  4. Me parece que más que nada fue cobardia, los integrantes de la Corte Constitucional saben que un ser humano tiene derecho a compartir su vida con quien él decida, en la vida diaria la población LGBT lo hace asi ellos no lo quieran reconocer legalmente por miedo a la presión de las iglesias y a los intereses politicos de la época; es triste que un ser humano tenga que pedir permiso para amar a otro ser humano y compartir su vida con él.

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