Colombia Diversa y Dejusticia intervinieron ante la Corte Constitucional de Colombia con un concepto sobre adopción de familias de parejas del mismo sexo.
En este documento se dice que las normas que regulan la adopción en Colombia no excluyen a las parejas del mismo sexo debido a que su redacción es neutra al referirse a la orientación sexual de los adoptantes. Además, excluir a las parejas de mismo sexo de la adopción viola los derechos fundamentales de los adoptantes y de los niños.
Por otro lado, la evidencia científica señala que los niños se desarrollan igual de bien cuando son criados por padres del mismo sexo que cuando son criados por padres de diferente sexo”, y que “no existen fundamentos para preferir a los padres de diferente sexo por encima de los padres del mismo sexo”.
Como las familias del mismo sexo constituyen familias (sentencia C-577 de 2011) dar niños en adopción a estas parejas satisface el interes superior del niño. Esto es más claro en parejas del mismo sexo que ya están criando niños, como en el caso de las #MamásLesbianas
No existen razones para impedir que las parejas del mismo sexo adopten niños por tanto no permitirlo es discriminatorio.
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