miércoles, 26 de octubre de 2011

Concepto emitido por la Oficina Jurídica del ICBF sobre la idoneidad de personas LGBT para adoptar de forma individual

Colombia Diversa conoció el concepto emitido por la Oficina Jurídica del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar solicitado por la doctora Ilvia Ruth Cárdenas,  Subdirectora de Adopciones de esta institución en la cual consulta acerca de la adopción por  personas solteras homosexuales y la pertinencia de que el ICBF incluya dentro del lineamiento técnico del programa de adopciones la pregunta sobre la orientación sexual de  los solicitantes solteros de adopción.


La Oficina Jurídica del ICBF realiza algunas precisiones  contempladas por la Corte Constitucional en relación al libre desarrollo de la personalidad, el derecho a la intimidad de cada uno de los ciudadanos, discriminación por razones de sexo y los requisitos que toda persona debe cumplir, independientemente de su orientación sexual, al solicitar la adopción de menores en Colombia. 


Concluyendo, la Oficina Jurídica del ICBF  responde  a la Subdirección de Adopciones de esta misma institución que la norma que regula la adopción de menores en Colombia no contempla  la orientación sexual  como criterio determinante; y considera inviable agregar en el lineamiento técnico del programa de adopciones la pregunta acerca de la orientación sexual de las personas. 

1 comentario:

  1. No entendí....osea que los gays sí pueden adoptar, pero si no son pareja?

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